Ordenanza 5165 de la Ciudad de Fremont
Ordenanza 5165 de la Ciudad de Fremont
El 21 de junio de 2010, los votantes de la Ciudad de Fremont aprobaron una ordenanza para prevenir que los propietarios alquilen y que los patrones empleen a gente indocumentada. La ordenanza, si toma efecto, requeriría a toda la gente que desea alquilar un apartamento, casa, u otra unidad residencial en la Ciudad de Fremont ir al Departamento de la Policía de Fremont y llenar una solicitud para una licencia de habitación. Una licencia de habitación es necesaria para entrar en un acuerdo de arriendo. El Departamento de la Policía de Fremont verificará con el gobierno federal que los individuos que solicitan una licencia de habitación que no son ciudadanos o nacionales de los EE.UU., tienen un estatus legal en los EE.UU. La ordenanza, si toma efecto, también requeriría todas las entidades de negocio registrarse con el sistema del E-Verificar, y verificar la autorización del empleo en los Estados Unidos de cada trabajador empleado después de tal registro. Esto es un cambio fundamental en los derechos legales de algunos individuos en Nebraska.
Debajo está la información sobre la ordenanza de inmigración de la Ciudad de Fremont. Esta ordenanza no está en efecto todavía. Se instala en un formato de un PFH (Preguntas Frecuentemente Hechas) para hacer la información sobre la ordenanza más fácil entender. La información no toma el lugar de consejos de un abogado. Usted debe hablar con un abogado con respecto a su problema específico o si usted tiene preguntas.
PFH
P. ¿Que dice la ordenanza de inmigración de la Ciudad de Fremont?
R. 1) Dice que no es legal que cualquier persona alquile una unidad de habitación en la Ciudad de Fremont a una persona que no está legalmente en los Estados Unidos.
2) Dice que cada entidad de negocio con uno o más empleados que hacen negocio en o con la Ciudad de Fremont necesita registrarse con el programa del E-Verificar y verificar la autorización del empleo en los Estados Unidos de cada trabajador empleado.
P. ¿Esta en efecto ya la ordenanza?
R. No.
Q. ¿Cuándo tomara efecto esta ordenanza?
A. Para que la ordenanza tome efecto, el Condado necesite hacer los resultados oficiales, el Consejo Municipal necesita certificar los resultados, y el Funcionario de la Ciudad necesita publicar los resultados. La ordenanza tomara efecto 15 días después de la publicación de los resultados. Esto puede ocurrir durante el plazo de los próximos 30-45 días.
P. ¿Hay algo que podría postergar que la ordenanza tome efecto?
R. Sí. Un juez podría promulgar una orden que la ordenanza no tomará efecto (llamado un “injunction”) si una queja legal se archiva pidiendo que la ordenanza no tome efecto. Si una corte determina que la ley no es legal, nunca tomará efecto.
P. ¿Hay alguien archivando una queja legal para postergar/prevenir la ordenanza de tomar efecto?
R. La ACLU de Nebraska ha notificado al público que ellos planean en archivar una queja legal para prevenir la ordenanza de tomar efecto.
P. ¿Quién esta afectado por esta ordenanza?
R. 1) Cualquier persona, de 18 anos o mas, quien quiera vivir en una unidad de
habitación en al Ciudad de Fremont después que la ordenanza tome efecto.
2) Cualquier propietario residencial cual alquila unidades de habitación si esta ordenanza toma efecto.
3) Cualquier persona, grupa, asociación, y corporación que hace negocio en la Ciudad de Fremont, cuales sean lucrativos o sin fines lucrativos. Entidades negociantes incluyen contratistas, subcontratistas, individuos empleados por si mismos, asociaciones, y corporaciones, no importe que el negocio este obligado a obtener una licencia o permiso para dirigir negocios en la Ciudad de Fremont, si la ordenanza tome efecto.
P. ¿Qué no esta prohibido por esta ordenanza?
R. Esta ley no prohíbe proveer asistencia emergencia médica, ayuda de emergencia, o ayuda legal a ninguna persona.
Qué sucedería si la ordenanza toma efecto y usted desea alquilar un apartamento, casa, u otra unidad de habitación.
P. ¿Si la ordenanza toma efecto, que más tengo que hacer para alquilar un apartamento, caso, u otra unidad de habitación?
R. Cualquier persona que quiere alquilar un apartamento, caso, u otra unidad de habitación en la Ciudad de Fremont tiene que solicitar una licencia de habitación del Departamento de Policía de Fremont. Si usted no tiene una licencia de habitación, no podrá alquilar o arrendar una unidad de habitación en la Ciudad de Fremont.
P. ¿Quien podrá obtener una “licencia de habitación?”
R. Cualquier persona que sea un ciudadano estadounidense, un nacional estadounidense, o cualquier persona que esta legalmente en los Estados Unidos podrá obtener una licencia de habitación.
P. ¿Si estoy legalmente en los Estados Unidos, pero no soy un ciudadano, podré obtener una licencia de habitación?
R. Si, usted puede obtener una licencia de habitación si completa una solicitud en el Departamento de Policía de Fremont.
P. ¿Si deseara alquilar un apartamento, pero otras personas están viviendo allí con migo, ellos necesitarían una licencia de habitación?
R. Si, si tienen 18 anos o mas. Todos que tengan 18 anos o mas que están viviendo con usted necesitarían sus propias licencias de habitación, no importa que sean sus parientes.
P. ¿Si estoy alquilando una casa cuando la ordenanza toma efecto, necesitaría solicitar una licencia de habitación?
R. No. Usted solamente tendría que solicitar una licencia si usted firma un contrato de arriendo o alquila una unidad de habitación después de la fecha que la ordenanza toma efecto. Pero, si usted quiere mudarse a otra unidad de alquiler, tendría que completar una solicitud para otra licencia de habitación. Si el plazo de su contrato de arrendamiento se vence, pero usted firma un contrato nuevo de arrendamiento, usted probablemente tendrá que obtener una licencia de habitación.
P. ¿Cuesta para solicitar una licencia de habitación?
R. El honorario es $5.
P. ¿Por cuanto tiempo tendría mi licencia validez?
R. Cada licencia es valida solamente por el periodo que usted habite la unidad por la cual solicito la licencia. Si esta planeando en cambiarse a una nueva o diferente unidad de habitación, tendrá que solicitar una licencia nueva de habitación.
P. ¿Cuánto tarda para obtener mi licencia?
R. Si usted es un ciudadano estaunidense, un nacional legal, o declara que esta un los Estados Unidos legalmente, te darán su licencia después de llenar la solicitud.
P. ¿Cómo se verificara que estoy legalmente en los Estados Unidos?
R. Si usted solicita una licencia de habitación y declara que esta en los Estados Unidos legalmente pero usted no es un ciudadano o un nacional legal, tendrá que proveer su numero de identificación publicado por el gobierno estadounidense si usted sabe el numero. El Departamento de Policía de Fremont entrara en contacto con el gobierno federal para verificar que esta en los Estados Unidos legalmente.
P. ¿Que ocurre se el Gobierno Federal reporta que no estoy legalmente en los Estados Unidos, después que haya obtenido la licencia de habitación?
R. Si el Gobierno Federal reporta que usted no esta legalmente en los Estados Unidos, usted recibirá un aviso de deficiencia del Departamento de Policía de Fremont. Usted tendrá 60 días desde la fecha del aviso para pedir que el gobierno federal corrija sus archivos y/o proveer información que usted esta legalmente en los Estados Unidos. Después de por lo menos 61 días que publicaron el aviso de deficiencia, el Gobierno Federal examinara su estatus de nuevo. Si el Gobierno Federal reporta de nuevo que usted no esta legalmente en los Estados Unidos, el Departamento de Policía mandara un aviso a su propietario que su licencia de habitación fue revocada.
P. ¿Que puede suceder se recibo un aviso que mi licencia de habitación fue revocada?
R. Tu licencia de habitación será revocada 45 días después de la fecha del aviso de revocación. Tu propietario puede iniciar el procedimiento legal para desahuciarle si usted no se muda 45 días después de la fecha del aviso de revocación.
P. ¿Que acciones legales podría tomar después de recibir aviso de deficiencia en cumplir condiciones de mi contrato de arriendo, o aviso de revocación?
R. Como inquilino, puede iniciar un pleito pidiendo que el corte revise el aviso de deficiencia o revocación. Se puede buscar revisión judicial antes o después de ser desahuciado de su hogar. Además, el inquilino o dueño puede archivar un pleito para determinar si la ordenanza fue cumplida.
P. ¿Si me quedo en un refugio para los desahuciados, refugio para la violencia domestica, dormitorio universitario, u hotel, necesitaría una licencia de habitación?
R. No, no necesitaría una licencia de habitación si se queda en refugio para los desahuciados, refugio para la violencia domestica, dormitorio universitario, u hotel.
P. ¿Como afectaría este ordenanza a contratos de arriendo?
P. Si la ordenanza toma efecto, cada contrato de arriendo tiene que incluir una provisión diciendo que habitación de la residencia por personas de 18 años para arriba, que no tengan licencias válidas de habitación constituye una falta del contrato.
P. ¿Podría yo ser cargado con violación de la ordenanza?
R. Parece que en la ordenanza, no hay penal específico para un inquilino que viola la ordenanza. Sin embargo, es posible que existan otras leyes estatales y federales que podría violar, y entonces ser cargado.
P. ¿Quien no esta afectado por la ordenanza?
R. Negocios que contratan contratistas independientes, o personas que contratan, intermitente, mano de obra informal para trabajos domésticos normalmente hechos por los residentes del hogar no serian afectado por la ordenanza.
P. ¿Que requiere la ordenanza de negocios?
R. 1. Si la ordenanza toma efecto, un negocio debe:
a. Ejecutar una declaración jurada diciendo que el negocio no emplea a ninguna persona sin documentos;
b. Proveer documentación confirmando que el negocio ha registrado en la Programa E-Verify; y
c. Usar el Programa E-Verify para verificar la autorización del empleo en los Estados Unidos de cada empleado, contratado después de registrarse.
2. Agencias municipales de la Ciudad de Fremont también tienen que registrarse en el Programa E-Verify y usarlo para verificar la autorización del empleo en los Estados Unidos de cada empleado contratado después de registrarse.
P. ¿Que pasaría si un negocio no cumple con la Programa E-Verify, y no verifica la autorización del empleo en los Estados Unidos de cada trabajador empleado?
R. El negocio tendría que aparecer en audiencia publica, antes del Consejo Municipal para determinar si ha violado la ordenanza o no. La Fiscalía Municipal puede llevar un pleito contra el negocio en el Condado de Dodge para obligar al negocio a cumplir con la ordenanza.
P. ¿Que pasaría si el Consejo Municipal decide que el negocio ha violado la ordenanza?
R. El Consejo Municipal podría:
a. Revocar la licencia del negocio;
b. Cancelar su contrato;
c. Cancelar su subvención;
d. Cortar el plazo del préstamo; o
e. Empezar acción para legal para cobrar cuentas vencidas.
P. ¿Puede un negocio apelar la decisión del Consejo Municipal:
R. Si, el negocio tiene el derecho de apelar la decisión al Corte Distrito del Condado Dodge.
P. ¿Si la Ciudad avisó a u negocio que no han cumplido con la ordenanza, puede el negocio archivar un pleito pidiendo que la corte revise el aviso municipal?
R. Si, cualquier negocio puede archivar un pleito pidiendo que la corte revise la imposición de la ordenanza en cualquier corte que tenga jurisdicción correcta. Las acciones de la Ciudad de Fremont revocando una licencia, permiso, contrato, préstamo, o subvención emitido por la Ciudad son suspendidas, pendiente al resultado de la revisión judicial.
P. ¿Si puedo trabajar legalmente en los Estados Unidos, pero no soy ciudadano, podría trabajar en la Ciudad de Fremont?
R. Si se puede. Pero, la ordenanza quizás afecte a gente que no es elegible para trabajar legalmente en los Estados Unidos, si el patrón usa la Programa E-Verify y determine que los solicitantes no pueden trabajar legalmente.
P. ¿Si puedo trabajar legalmente en los Estados Unidos, pero no soy ciudadano, podría trabajar fuera de la Ciudad de Fremont?
R. Si se puede. La ordenanza no cambia las reglas para cualquier empleado fuera de la Ciudad de Fremont, a no ser que el patrón tiene un lazo a la Ciudad de Fremont, como subvención, préstamo, contrato, o licencia.
P: ¿Pueden ser castigados empleados por violar esta ordenanza?
R: No hay nada en la ordenanza que provea el castigo de un empleado por violar la ordenanza. Sin embargo, puede haber otras leyes estatales y federales cuales gobiernen a los empleados.
A quien puede acudir
P: ¿Puedo contactar a Los Servicios Legales de Nebraska (Legal Aid of Nebraska) para asistencia con mis derechos legales?
R: Sí, puede llamar a Los Servicios Legales de Nebraska para solicitar servicios. Los Servicios Legales de Nebraska no es una agencia del gobierno. Si usted nos llama, la llamada es confidencial, porque una llamada a un abogado establece el “privilegio del abogado-cliente.” No divulgaremos información privada de las llamadas, a no ser que tengamos su consentimiento para hacerlo. Los Servicios Legales de Nebraska tiene límites a quien puede ayudar. Para completar una solicitud llame al:
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Número de teléfono: |
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402-348-1060 La Línea de Acceso (AccessLine ®) condado de Douglas 1-877-250-2016 La Línea de Acceso (AccessLine ®) fuera del condado de Douglas 1-800-527-7249 La Línea de Acceso para los mayores de 60 años 1-800-729-9908 La Línea de Acceso para Nativo Americanos 1-800-464-0258 La Línea para Granjeros (Nebraska Farm Hotline ®) |
P: ¿Vivo en Fremont y creo que mis derechos legales han sido violados, a quién
más puedo contactar?
R: Quizás le pueda ayudar el ACLU de Nebraska. Usted puede llamar al ACLU al
(402) 476-8091 o mandar un correo electrónico al info@aclunebraska.org para
comenzar la solicitud. La dirección del sitio de Web del ACLU de Nebraska es http://www.aclunebraska.org/.
La Ordenanza 5165 de la Ciudad de Fremont se puede hallar en: http://www.fremontne.gov/DocumentView.aspx?DID=714
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